BUSCAREMOS UN INGRESO TEMPORAL PARA EL FAMILIAR DEPENDIENTE.
En el cuidado de personas mayores, siempre hay un familiar que se entrega de forma fija a este cometido. La dedicación que supone esta atención llega a convertirse en un trabajo de por sí, puesto que además en más de la mitad de los casos los mayores atendidos presentan algún tipo de dependencia.
Como tal trabajo, es muy importante que el cuidador descanse. Para ello hace más de una década que se crearon estas estancias temporales de los ancianos en residencias de mayores.
Otros motivos del ingreso temporal de un mayor pueden ser:
• Enfermedad, accidente u operación del cuidador
• Por causas laborales
• Traslado de domicilio
• Atención a la persona mayor durante una convalecencia (que no precise atención hospitalaria ni cuidados de enfermería especializados)
Estos recursos están destinado a personas mayores de 65 años o mayor de 60 (en el caso de que necesite ayuda para las actividades de la vida diaria), que viven en su domicilio y que, por circunstancias transitorias, no pueden ser atendidos por quienes habitualmente se encargan de ellos.
Otro de los requisitos es residir en la Comunidad de Madrid durante los dos últimos años y por último, no padecer enfermedades que requieran atención permanente hospitalaria, ni cuidados intensivos.
La solicitud debe dirigirse a los Servicios Sociales Municipales o a la Dirección General del Mayor dentro de la Consejería de Asuntos Sociales, según señala la Comunidad en una nota.
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