En el sistema especial de empleados de hogar, el proceso de gestión de las bajas médicas funciona de manera similar al régimen general, aunque con algunas particularidades.
El 1 de abril de 2023 entró en vigor el Real Decreto 1060/2022 de 27 de diciembre el cual modifica el RD 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal.
El Real Decreto 1060/2022 de 27 de diciembre ha sido publicado recientemente con el objetivo de agilizar el proceso de gestión y control de las bajas médicas en los primeros 365 días de duración. Esta norma modifica el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio que regulaba algunos aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal.
Nueva normativa bajas médicas empleadas del hogar
Este nuevo Real Decreto introduce grandes cambios que afectan directamente la gestión de las situaciones de incapacidad temporal (bajas médicas) incluso en el sector de empleados de hogar. Los cambios significativos que introduce esta nueva norma son:
- Se elimina la obligación del trabajador de presentar el parte de baja médica a su empleador. Se suprime el parte de baja para las empresas/empleadores. En cambio, el facultativo será responsable de proporcionar el parte de baja médica al trabajador y comunicar los datos de la baja al INSS o mutuas, que a su vez los transmitirán a los empleadores de forma telemática.
- Los facultativos podrán establecer plazos de revisión médica más cortos que los establecidos oficialmente, siempre y cuando se ajusten a la evolución del proceso.
- Se modifican los datos que deben de trasladar las empresas a la Seguridad Social.
De estos nuevos cambios, el que afecta de una forma más directa al sector de empleados de hogar, es la vinculada a los partes médicos. Hasta la fecha, cuando una trabajadora acudía al médico de cabecera o la mutua para recoger sus partes de baja, confirmación o alta, el médico siempre le facilitaba al trabajador dos copias: una copia para el trabajador y otra copia para la empresa. Así, el trabajador, debía, en el plazo de 3 días, proporcionar este parte a la empresa, para que la misma tuviera consciencia de dicha situación y pudiera hacer las gestiones oportunas.
Con la entrada en vigor de este nuevo Real Decreto, el 1 de abril de 2023, el único parte que expedirá el médico de cabecera será el relativo a la copia del trabajador.
Este parte es de carácter confidencial para el trabajador y el mismo no debe proporcionar esa copia a la empresa.
Por ello, desde el 1 de abril, el médico de cabecera comunica al INSS, vía telemática, los datos relativos a la baja médica, en el plazo de 24 horas hábiles desde la cita con el trabajador. Una vez recibidos los datos, el INSS, traslada esta información a los empleadores.
¿Cómo notificará el INSS a los empleadores en el sistema especial de empleados de hogar dicha información?
La seguridad social, en su página web, ha dejado establecido que el INSS, enviará una carta por correo ordinario o un mensaje al móvil, informando sobre los datos de la baja médica.
En el caso de que el empleador tenga un autorizado RED, el mismo podrá consultar con carácter casi inmediato el proceso de la baja médica a través del sistema RED.
Cuando el trabajador inicia una situación de incapacidad temporal, el empleador debe de iniciar una serie de gestiones importantes que debe de realizar. En primer lugar, mantenerse informado de la situación de baja de su trabajadora (fechas de la baja y confirmaciones), ya que estas serán necesarias para el ajuste de la baja médica.
Recordar que las bajas médicas tienen una afectación directa en las nóminas y por ello es importante tener profesionales detrás que puedan ayudarte y asesorarte en estos trámites.
Durante el periodo de baja médica, el trabajador no está obligado a prestar servicios y tiene derecho a percibir una prestación económica por incapacidad temporal, cuya cuantía dependerá de la base reguladora y de la duración de la baja.
Os dejamos un enlace https://revista.seg-social.es/-/20230307-it-empleada-hogar-importass