La Comunidad de Madrid impulsa la acreditación oficial de competencias profesionales adquiridas a través de experiencia laboral o formación no formal con una convocatoria abierta permanentemente.
Acreditación de competencias profesionales
Evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional o vías no formales de formación en las cualificaciones profesionales de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales y de Atención sociosanitaria a personas dependientes en el domicilio
Los Certificados de Profesionalidad son importantes para aquellas personas que no disponen de la titulación de Técnico en Atención Sociosanitaria en domicilio.
REQUISITOS:
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
- Justificar, al menos, 3 años de experiencia profesional, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total en los últimos 10 años, o Justificar, al menos, 300 horas de Formación, en los últimos 10 años en los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que se pretende acreditar.
- No estar en posesión de un título de formación profesional o certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia solicitadas en la presente convocatoria, en la fecha de publicación de la misma, no encontrarse realizando una acción de formación profesional financiada con fondos públicos, que incluya la unidad de competencia cuya acreditación se solicite obtener por este procedimiento o no estar participando en otra convocatoria en la misma cualificación profesional.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
- Autobaremación (Anexo I) pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
- Curriculum Vitae Europeo
- Fotocopia del DNI o NIE (si el ciudadano autoriza la consulta no será necesaria su aportación)
- Documentación acreditativa de la experiencia laboral:
En el caso de personas trabajadoras asalariadas:
– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad en la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría profesional (grupo de cotización) y el periodo de contratación, en el caso de no haber autorizado su comprobación de oficio (Informe de Vida Laboral).
– Copia del contrato de trabajo o certificado de la empresa firmado y sellado por el responsable de la organización que lo certifique.
¿Cómo puedo certificar mi experiencia laboral?
El Reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y/o formación no formal (RECEX) es un proceso mediante el cual se otorga a una persona candidata una acreditación oficial previa evaluación de sus competencias profesionales.
Las competencias profesionales pueden acreditarse oficialmente a través de las convocatorias del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Más información pinchando aquí.
Debe presentarse una solicitud y documentación justificativa por cualificación profesional, en el caso de desear ser evaluado en las dos cualificaciones convocadas.
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de «consulta de expedientes«, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.